Aquellos alumnos/as que en el próximo curso académico 2012/13 esten matriculados desde 1º de Primaria a 1º de E.S.O.
Los padres o tutores legales del alumnado presentarán la solicitud de préstamo de libros
de texto, (Anexo I), en la Secretaría del centro donde estén escolarizados los alumnos.
El plazo de presentación de las solicitudes será de quince días contados desde la publicación
de la presente Orden en el Diario Oficial de Extremadura.
2. La solicitud podrá acompañarse de la correspondiente autorización para que la Agencia
Estatal de Administración Tributaria suministre a la Consejería de Educación y Cultura los
datos relativos al nivel de renta de la unidad familiar (Anexo II). Dicha autorización no es
obligatoria, en el caso de no conceder dicha autorización, se deberá aportar una certificación
expedida por la Agencia Estatal de Administración Tributaria del nivel de renta de
los miembros de la unidad familiar. Cuando la Agencia Estatal de Administración Tributaria
no disponga de la información de carácter tributaria necesaria para la acreditación de la
renta, el solicitante deberá aportar certificación de haberes, declaración jurada o demás
documentos que justifiquen la renta de la unidad familiar.
3. Si en la solicitud se alega la condición de familia numerosa, deberá acompañarse copia
compulsada del título de familia numerosa en vigor.
POR FAVOR, DIFUNDID LA NOTICIA ENTRE TODAS LAS PERSONAS
QUE CONOZCÁIS A LAS QUE LES AFECTE ESTA ORDENe ha publicado en el DOE de 29 de junio de 2012 la Orden de 26 de junio por la que se regula el libramiento de fondos para la dotación de libros de tex